¿QUIEN PAGA LOS GASTOS DE PLAGAS EN COMUNIDADES DE VECINOS?
En ocasiones se dan situaciones nada agradables en una comunidad de vecinos. Ejemplo de ello pueden ser una infestación por cualquier tipo de plaga. La solución para el control de plagas puede requerir de una actuación profesional la cual deba ser costeada, constituyéndose éste gasto, como un problema añadido a la molestia o daño que pueda provocar la plaga en sí.
Según las características del inmueble o inmuebles, la existencia de jardines, garajes, sótanos, etc, se puede originar un problema u otro dependiendo del origen del foco de la plaga y de la localización de los daños o molestias que ocasione.
Cuando la presencia de la plaga o los daños corresponden a zonas o elementos comunes, es lógico pensar que es la comunidad en su conjunto quien debe responder de su solución.
Para ello es recomendable y así lo estipula la Ley de Propiedad Horizontal, que tal decisión sea aprobada en una Junta de Propietarios, si bien, no será requerido un acuerdo previo cuando tales actuaciones, no sólo de erradicación de plagas, sino de mantenimiento de la seguridad, habitabilidad y accesibilidad, provengan de imposiciones de las Administraciones Públicas.
Por lo tanto, es obligación de todos los propietarios abonar las correspondientes cuotas o derramas que se deriven de una actuación frente a plagas que afecten o cuyo origen provenga de zonas o elementos comunes.
En caso de que el origen o motivo de la plaga sea la vivienda de un propietario particular, éste será el responsable de costear el tratamiento, y si la vivienda es alquilada se deberá discernir si la responsabilidad es del arrendador o por el contrario la ha generado el arrendatario.
También, y desde el punto de vista de un propietario de vivienda, el origen de la plaga puede darse en la vivienda de un vecino. En estos casos el primer paso siempre es acudir a la vivienda y comunicar el problema. En caso de negación, debes comunicarlo a la comunidad y entregarle un escrito al propietario con la necesidad de que solucione el problema. Lamentablemente en algunos casos esto no es suficiente y se deciden emprender acciones judiciales.
Otra opción de mediación, para evitar la acción judicial, es comunicarlo en el Departamento o Area de Salud de tu Ayuntamiento, entregando una justificación documental de las acciones que hayas tenido que ejecutar para erradicar la plaga o reparar daños.
Debemos de entender que las plagas no entienden de barreras burocráticas, propiedades ni responsabilidades, sólo responden a unas condiciones adecuadas de alimento y refugio donde puedan proliferar, y no existan barreras para ello.
Ante todo, si la convivencia entre vecinos, a priori es buena, no deberían darse situaciones de tensión o conflicto a la hora de afrontar un problema de plagas, debiendo imperar siempre el sentido común.
Desde las empresas de Sanidad Ambiental, recomendamos llevar a cabo acciones de prevención de plagas, mediante vigilancia y una adecuada higiene y salubridad de espacios comunes, cuartos de máquinas, garajes, sumideros, éstas zonas son propensas a generar problemas de cucarachas, ratas o ratones, así como en áreas de jardines o espacios abiertos donde suelen proliferar roedores, mosquitos, avispas, etc.